CCOO de Castilla y León | 29 marzo 2024.

2017-05-09

Convocadas las ayudas a personas con pocos recursos para el alquiler de vivienda

    El Boletín Oficial de Castilla y León del 8 de mayo ha publicado la orden convocando ayudas para el alquiler dirigidas a personas con ingresos inferiores a 2,5 veces el IPREM. Las solicitudes se pueden presentar desde el 9 de mayo hasta el 8 de junio de 2017. Las ayudas a la vivienda son una reivindicación lograda por los sindicatos en el Diálogo Social para dar cabida a las personas más vulnerables que, anteriormente, estaban excluidas.

    09/05/2017.
    Ayudas a la vivienda

    Ayudas a la vivienda

    Son ayudas del 40%, como máximo, del importe del alquiler, durante un año, con un límite de 2.400 euros anuales. Se concederán en función de sus ingresos a las personas solicitantes que acrediten tener un contrato de arrendamiento por escrito a su nombre en alguna localidad de Castilla y León con una renta que oscile entre los 350 euros y los 475 euros mensuales. Se subvencionarán los alquileres entre agosto de 2016 y julio de 2017, ambos incluidos. Pueden ser varios contratos de domicilios diferentes, siempre que sean la vivienda habitual del solicitante, no superen el límite máximo de renta y estén en Castilla y León.

    Para el cálculo de los ingresos se tendrá en cuenta los de la unidad familiar para lo que habrá que acreditar la convivencia, a través del volante colectivo de empadronamiento, y los ingresos, a través de la Declaración de la Renta o de cualquier otro sistema reconocido legalmente.

    Las ayudas se dan en régimen de concurrencia competitiva, es decir que se establecerá un orden de prioridad y se concederán hasta que se agote el presupuesto que alcanza los 14.785.102,00 euros para 2017.

    Los beneficiarios o beneficiarias tienen que ser mayores de edad, tener nacionalidad española o comunitaria o bien haber logrado la residencia legal en España en caso de personas extracomunitarias. También es requisito indispensable no tener una vivienda en propiedad, salvo que se pueda justificar, por motivo de divorcio o cualquier otro, no poder disponer de ella. Estas ayudas no son compatibles con otras que se estén percibiendo para el alquiler de ninguna Administración.

    Las solicitudes se presentan en el modelo normalizado que figura en los anexos de esta información y que están a disposición de los y las interesadas en los Servicios Territoriales de Fomento de las nueve provincias de Castilla y León o en la página web de la Junta de Castilla y León www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

    Con la solicitud hay que presentar la Fotocopia del DNI, el volante colectivo de empadronamiento, la declaración de la renta o el documento acreditativo de los ingresos, el contrato de arrendamiento para el que se pide la ayuda por escrito y otra documentación en función de los casos particulares como la declaración de no contar con otra vivienda o la acreditación de no poder utilizarla en caso de tenerla. Todos los documentos se pueden presentar en cualquier registro de la Administración Pública, por telefax o de forma electrónica en la misma dirección web arriba indicada en caso de contar con un DNI electrónico.