CCOO de Castilla y León | 19 marzo 2024.

2018-01-09

CCOO gana una sentencia pionera contra la Secretaría de Estado de Educación por discriminar al personal docente e investigador temporal

  • Exige la modificación de la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora

La Federación de Enseñanza de CCOO denunció que la resolución por la que se fija el procedimiento y plazo de presentación de solicitudes de evaluación de la actividad investigadora dejaba fuera al funcionariado interino.

09/01/2018.
Universidades

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La sentencia de 26 de diciembre de 2017, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo nº 8, entiende que la resolución de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades limita la solicitud de la actividad investigadora al funcionariado de carrera, impidiendo y negando el derecho a dicha evaluación al personal funcionario interino de los cuerpos docentes universitarios, funcionario interino investigador científico y científico titular del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y al personal docente e investigador con contrato temporal.

El juzgador llega a la conclusión de que “dado que la Resolución objeto de este contencioso establece que únicamente pueden presentar la solicitud de la actividad investigadora los funcionarios de carrera de los cuerpos docentes universitarios y Científicos Titulares del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, aun cuando es lo cierto que no prohíbe ni excluye expresamente a los funcionarios interinos, (…) tácitamente impediría a éstos solicitar dicha evaluación al amparo de la Resolución impugnada”.

De este modo, considera que en base a la normativa comunitaria y jurisprudencia, aunque ésta fuera en el ámbito laboral, se aprecia discriminación en relación al personal docente temporal.

La Federación de Enseñanza de CCOO ha pedido una reunión urgente al Ministerio de Educación para exigirle que modifique la convocatoria de evaluación de la actividad investigadora publicada en el BOE del 16 de diciembre de 2017, de manera que se garantice al personal docente e investigador temporal el derecho a ser evaluado por su actividad investigadora, tal y como reconoce la sentencia, y se amplíe el plazo de presentación de solicitudes. El sindicato también se dirigirá a la Presidencia de la CRUE para que las universidades habiliten los procedimientos oportunos.