CCOO de Castilla y León | 29 marzo 2024.

EL INGRESO MÍNIMO VITAL YA ES UNA REALIDAD

    El Gobierno de España ha aprobado un Decreto- Ley por el que se crea una nueva prestación económica de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, el Ingreso Mínimo Vital (IMV).

    24/07/2020.
    Ingreso Mínimo Vital: Ya es una realidad para todo@s.

    Ingreso Mínimo Vital: Ya es una realidad para todo@s.

    Esta prestación va dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión por carecer de recursos económicos de muchas personas, a través de la cobertura de las necesidades básicas, garantizando un nivel mínimo de renta.

    Con ello se pretende la participación plena de toda la ciudadanía en la sociedad, acabando con la falta de acceso a oportunidades en los ámbitos laboral, educativo y social.

    Va dirigida a personas entre los 23 y los 65 años o desde 18 años si hay menores a cargo, con al menos un año de residencia continuada e ininterrumpida en España, inmediatamente anterior a la solicitud.

    En el caso de las personas extranjeras, no se exige tener nacionalidad Española, se solicita un año de residencia legal en España de todos los miembros de la unidad familiar (con excepciones en menores incorporados a la unidad de convivencia y mujeres víctimas de violencia de género) con un periodo de ausencias del país no superior a 90 días en cada año natural o cuando las ausencias estén motivadas por causas de enfermedad debidamente justificadas.

    Son excepciones a estos requisitos los casos de víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual y las que hayan iniciado los trámites de separación o divorcio.

    Y así de sencillo es desmontar aquellos bulos que dicen que las personas extranjeras se llevan las ayudas, sin importar la edad o el tiempo que lleven en España. Queda claro en los dos primero requisitos que eso no es posible.

    Otro de los requisitos básicos es convivir con el resto de la unidad de convivencia al menos un año previo a la solicitud o en caso de solicitantes que viven solas, justificar 3 años de independencia.

    Es importante destacar que las personas que quieran percibir el IMV tienen que haber solicitado todas las prestaciones o pensiones existentes a las que pudiera tener derecho previamente.

    Deberán cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica, que dependen de los ingresos y el patrimonio, teniendo en cuenta los ingresos del año anterior. De manera excepcional, por las situaciones de vulnerabilidad generadas por el COVID-19, se podrán tener en cuenta los ingresos del 2020.

    Y por último estar inscritos/as como demandantes de empleo si se está desempleado/a en el momento de la solicitud.

    En cuanto a la cuantía del IMV, varía según el número de personas que forman la unidad familiar y es compatible con otros ingresos provenientes del trabajo o de subsidios por desempleo. La cantidad oscila entre los 462€ para una persona sola, hasta los 1.015€ para cinco miembros de la unidad familiar.

    No es una prestación de carácter excepcional, por lo que no hay un plazo fijado para la presentación de las solicitudes, se puede solicitar siempre que cumplas los requisitos. Hay que tener en cuenta que las solicitudes presentadas antes del 15 de septiembre se pagarán con efectos retroactivos, desde el 1 de junio, pero ojo, después de esta fecha se podrá seguir solicitando.

    Las solicitudes se podrán presentar a través de la web de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo postal.

    En la sede electrónica del INSS o los canales telemáticos habilitados, con certificado digital o clave o en la opción “sin certificado”.

    La mesa del Diálogo Social de la Renta Garantizada de Ciudadanía está reuniéndose para ver el encaje con el Ingreso Mínimo Vital. Entre los acuerdos adoptados está seguir abonando la RGC hasta que el IMV sea efectivamente ingresado. También se va a trabajar para que las personas beneficiarias del IMV con cuantías inferiores a las que les correspondían por RGC, no se vean perjudicadas. Quedan aún flecos para compatibilizar ambas prestaciones pero desde Comisiones Obreras seguimos trabajando para que todo el mundo tenga oportunidades de mejorar su situación.

    Hemos intentado dar unas primeras pinceladas de lo que es el IMV, desde los CITEs entendemos que pueden ser muchas las dudas que puedan surgir de cada caso en particular, por lo que invitamos a las personas que necesiten ampliar la información que contacten con nuestras sedes en cualquiera de las provincias de nuestra Comunidad de Castilla y León y próximamente realizaremos una charla explicativa que retransmitiremos a través de nuestro Facebook (MIGRACIONES CCOOCyL)