CCOO de Castilla y León | 24 abril 2024.

Villalar 2024

2020-03-31

CCOO vuelve a ganar la batalla frente al acoso laboral

    Una empresa de Valladolid dedicada al sector de mantenimiento de extintores ha sido sancionada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS) ante la denuncia interpuesta por CCOO, en la que un trabajador venía sufriendo un trato hostil y diferente respecto del resto de sus compañeros por haberle reclamado el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales tras haber sufrido un accidente laboral en el interior de sus instalaciones.

    31/03/2020.
    CCOO

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    Desde el momento en que el denunciante reclamó la situación de carencia de prevención en la empresa, y ante el silencio que recibía por su parte, esta realidad se puso en conocimiento de la propia Inspección que finalmente ha terminado por dar la razón al empleado. Esta situación ha acabado lesionando la propia salud del trabajador que llegó a estar mucho tiempo de baja por Incapacidad Transitoria a causa de las lesiones ocasionadas por la presión laboral desarrollada por la empresa contra él.

    El origen de esta situación tiene lugar cuando el trabajador sufre un accidente de trabajo por caída desde una escalera de mano, la cual se encontraba en muy malas condiciones. Dado que la empresa no tomaba medidas para subsanar este problema, el operario realizó una denuncia ante la ITSS (el día 18.1.2019). Este organismo determinó la responsabilidad empresarial, así como un recargo de prestaciones como consecuencia de esas deficiencias.

    Esta resolución molestó a la empresa, hasta el punto que la persona afectada tiene que efectuar una nueva denuncia el 23.5.2019, pues la sociedad mercantil no le ha ofrecido la realización de la vigilancia de la salud, como recoge el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Además, le imputa como tiempo de descanso la formación preventiva obligatoria que ofrece al trabajador.

    Una persecución y acoso que no cesan

    Ante esto, y tras la incorporación de este empleado después del accidente de trabajo sufrido, la empresa vuelve a poner a su disposición otra escalera de mano defectuosa, lo que ocasiona la interposición de una nueva denuncia por parte de la persona afectada el 24.8.2019. Otra vez se produce la actuación favorable de la ITSS constatando esta situación.

    La actuación de la empresa empieza a ser realmente lesiva sobre los derechos del trabajador en cuestión, hasta el punto de negarle la entrega de todas nóminas correspondientes al año 2019, lo que ocasiona nueva denuncia ante la ITSS (la tercera). Además, la citada compañía persiste en esta situación de acoso con actuaciones como los que indicamos a continuación:

    - Retraso reiterado en la entrega de EPI.

    - Retraso reiterado en la entrega de equipos de trabajo necesarios cuya falta puede, incluso, comprometer la seguridad del trabajador reclamante.

    - Retrasos reiterados en la entrega de ropa de trabajo.

    - Falta de mantenimiento de equipos de trabajo puestos a disposición del reclamante, lo que determina que se averíen, dejen de funcionar, etc. Por ejemplo, un cristal de la ventana de la furgoneta de trabajo bloqueada, teléfono de empresa averiado...

    - Ha dificultado deliberadamente el disfrute por el reclamante de sus vacaciones anuales correspondientes a 2019.

    En conclusión, además de las sanciones ya establecidas a la empresa anteriormente, se ha procedido a extender un acta de infracción -por acoso laboral continuado del empleador hacia el trabajador que, además, ha producido daños en la salud del mismo- por incumplimiento de lo establecido en el art 4.2. d) Estatuto de los Trabajadores. Siendo tipificada dicha falta como muy grave, (art. 8.11. Ley infracciones y sanciones en el orden social) y cuya sanción se propone en su grado medio.

    Este caso viene a poner de manifiesto las dificultades que tienen los trabajadores y trabajadoras a la hora de reclamar sus derechos y que en muchas ocasiones no se denuncian por miedo. Además, si se hace, supone un largo camino para ellos, y con el tiempo se dificulta su reconocimiento y la sanción para los empresarios infractores

    Desde CCOO seguimos lamentando que a día de hoy tengamos que seguir denunciando a empresas por el incumplimiento de la Ley de prevención de riesgos laborales, su incumplimiento es anacrónico en el siglo en que vivimos. Las situaciones de acoso laboral son sancionadas sólo tras numerosas situaciones que empiezan a afectar a la salud de los trabajadores y trabajadoras, por lo que en CCOO reclamamos una mayor eficacia y rapidez a la hora de hacer cumplir la Ley.