CCOO de Castilla y León | 29 marzo 2024.

2021-02-23

CCOO solicita la vacunación para el personal de Justicia

    CCOO ha reclamado a los ministerios de Justicia y Sanidad la inclusión del personal de la Administración de Justicia en grupo 6 de la Actualización 3 de la estrategia de vacunación publicada el pasado día 9 de febrero, “en la que de forma incomprensible para el sindicato ha quedado excluida de los servicios esenciales la Administración de Justicia y su personal”, según manifiesta el delegado en el sector de justicia de Valladolid, Raúl Franco Blanco; mientras que, de forma totalmente justificada y que el sindicato apoya, sí están incluidas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, de Emergencias y Fuerzas Armadas, el personal docente no universitario y otros profesionales.

    23/02/2021.
    CCOO solicita a Justicia aplazar la implantación de las comunicaciones telemáticas

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    Es indudable para CCOO que el personal de Justicia presta funciones esenciales para la sociedad, pero, al parecer, la Administración solo tiene en cuenta este extremo cuando de limitar o restringir derechos se trata. “Es numerosa y diversa la normativa o disposiciones que así lo han reconocido desde la declaración de la pandemia y por ello se obligó, durante el primer estado de alarma, a la asistencia presencial de este colectivo a sus puestos de trabajo dada su condición de servicio esencial”, relata el delegado Raúl Franco.

    También el personal de la Administración de Justicia es considerado esencial, en muchos servicios llegando al 100% de la plantilla, por ejemplo, a la hora de ejercer el derecho de huelga cuando han sido legalmente convocadas. “Ello es así porque, según la propia Administración, el servicio que se presta es necesario para el desarrollo de la función de la Justicia”, indica el delegado de CCOO en el sector de justicia de Valladolid, y, en concreto, para el funcionamiento adecuado de juzgados y tribunales, que necesitan el personal necesario para desarrollar su función, así como para garantizar la tutela judicial efectiva, tal como señala el artículo 24 de la Constitución. Esto se debe compatibilizar el legítimo derecho de huelga con el mantenimiento de los servicios esenciales para garantizar los derechos constitucionales, tal como dispone el artículo 28.2 de la Carta Magna.

    Además de ello, con el consiguiente riesgo de contagio, casi el 100% del personal de la Administración de Justicia realiza su trabajo de cara al público (especialmente en el Registro Civil, Servicio Común de Notificaciones, Salas de Vistas, Juzgado de Guardia, Violencia sobre la Mujer, etc.) incluso fuera de la sede judicial, en numerosos casos en los que se visitan domicilios particulares o empresas, centros penitenciarios u hospitales, o también en edificios judiciales que carecen de personal de vigilancia en los que el acceso es libre para el conjunto de la ciudadanía (Juzgados de Paz y Agrupaciones de Secretarias de Juzgados de Paz).

    Esta reclamación de CCOO ha sido solicitada por escrito tanto al Ministerio de Justicia como a la Dirección General de Salud Pública que hasta la fecha no han dado contestación al sindicato.