CCOO de Castilla y León | 23 abril 2024.

Villalar 2024

2022-05-20

La FSC-CCOO cree imposible que la Junta de Castilla y León reduzca su temporalidad al mínimo exigido por la Ley

    El Sector Autonómico de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO de Castilla y León (FSC-CCOO CyL) considera imposible que la Junta de Castilla y León reduzca al 8% la temporalidad entre sus empleadas y empleados públicos y cumpla así con la exigencia de la Ley/20/2021, de carácter estatal, ante el mandato impuesto por la Unión Europea a nuestro país.

    20/05/2022.
    Palacio de la Asunción.

    Palacio de la Asunción.

    El número de plazas que se pretende incluir en la oferta extraordinaria de estabilización es de 1.913 para el personal laboral (1.549 se cubrirían por concurso y 364 por concurso/oposición), y 675 plazas para personal funcionario (369 irían a concurso y 306 a concurso/oposición).

    La información facilitada a los sindicatos ha sido muy incompleta y realizada con demasiada premura (sin duda, el parón de casi cinco meses como consecuencia de la convocatoria extemporánea de elecciones ha pasado factura a la calidad del trabajo que la Junta tenía que haber realizado), lo que ha dificultado enormemente el control del cumplimiento de las exigencias legales a la hora de determinar los puestos a ofertar y ofrece unas cifras, irreales, recogidas en el cuadro que se adjunta*, que hablan por sí solas.

    La FSC-CCOO es plenamente consciente de la importancia de estos procesos, no sólo para la reducción de la temporalidad en la Administración Autonómica, lo que redundaría, sin duda en unos mejores y más eficientes servicios públicos, sino también para la consecución del objetivo que permitiría al Estado Español acceder a los fondos que para la transformación y modernización de las Administraciones pone a disposición la Unión Europea a través del denominado Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Por estos motivos hemos colaborado en todo momento con la Junta de Castilla y León con el fin de conseguir ese 8% requerido, pero creemos que falta verdadera voluntad política de resolver el tema de la temporalidaden la Administración de la Comunidad.

    Por otra parte, decisiones arbitrarias como la no retirada de puestos o procesos completos en los que aún no se ha publicado la relación definitiva de admitidos y excluidos, el mantenimiento en una situación de manifiesta ilegalidad de un número considerable de comisiones de servicio, los propios criterios de la Administración interpretativos de la normativa aplicable, y la existencia de procesos de estabilización derivados de las OEP de 2017 y 2018 pendientes aún de resolver, hacen que se mantengan dudas sobre un número importante de puestos que no han sido tenidos en cuenta para el cómputo citado.

    La FSC-CCOO no puede apoyar unos procesos que no van a resolver el grave problema de la temporalidad en la Administración de la Comunidad y critica duramente que no se aproveche una ocasión de oro para hacerlo. Asimismo, reclama la urgente necesidad de abrir un proceso extraordinario de cobertura de puestos vacantes mediantes procesos selectivos ordinarios para afrontar la peligrosa pérdida de efectivos en los servicios públicos a causa principalmente de las muchas jubilaciones previstas.

    *Cuadro explicativo:

    TIPO DE PERSONAL TEMPORALIDAD PREVIA % TEMPORALIDAD TRAS LEY 20/2021 % VACANTES %
    FUNCIONARIOS 14,9 11 30.8
    LABORALES 26 10,9 17