CCOO de Castilla y León | 21 mayo 2026.

21-04.2026

Una sentencia pionera de CCOO CyL exime a una trabajadora de devolver su prestación

    Una sentencia pionera del Juzgado de lo Social nº 5 de Valladolid ha dado la razón a los servicios jurídicos de CCOO al revocar una resolución del SEPE que obligaba a una trabajadora a devolver 3.427,20 euros. El fallo, obtenido por la letrada Ana Belén Bahíllo, aplica la doctrina europea Cakarevic, estableciendo que la Administración no puede penalizar al ciudadano por sus propios errores cuando éste ha actuado de buena fe y sin ocultar datos.

    21/04/2026.
    Sepe

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    CCOO ha vuelto a lograr una victoria en los tribunalesal conseguir que se anule la devolución de un subsidio por desempleo previamente reconocido. La letrada Ana Belén Bahíllo ha logrado que el Tribunal de Instancia aplique la doctrina internacional para proteger a una trabajadora a la que el SEPE reclamaba 3.427 euros, sentando un precedente fundamental sobre la responsabilidad de la Administración en la gestión de las prestaciones sociales

    Dicha Sentencia aplica de manera pionera la doctrina Cakarevik que se basa en una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que establece que, si la administración comete un error al pagar y el ciudadano no ha engañado a nadie, no se le puede obligar a devolver el dinero si eso supone una carga excesiva o vulnera su seguridad jurídica.

    La clave del éxito judicial residió en el sólido argumento de CCOO, que desmontó las exigencias del SEPE en la vista oral. Frente a la pretensión del organismo público, que exigía demostrar una precariedad extrema para no devolver el dinero, el sindicato defendió que el mero hecho de tener reconocido un subsidio ya acredita la situación de vulnerabilidad. Al ser una prestación destinada a cubrir necesidades básicas, los servicios jurídicos lograron convencer al tribunal de que no es necesario rozar la exclusión social para que se aplique la protección de la justicia.

    La Sentencia dictada por el Tribunal de Instancia de Valladolid acogió favorablemente dichos argumentos, estimando íntegramente la demanda y dejando sin efecto la resolución recurrida, por entender que la resolución inicial del SEPE hizo recaer toda la carga del error cometido por la propia administración sobre la persona beneficiaria de la prestación.