CCOO de Castilla y León | 6 octubre 2026.

2026-09-14

El TSJCYL da la razón a un trabajador afiliado a CCOO frente a la empresa VIDA, del grupo Gullón, a la que obliga a tener en cuenta el tiempo trabajado por ETT para los complementos salariales

    El tribunal estima que la práctica empresarial de computar la antigüedad del trabajador denunciante solo desde que adquirió la condición de contratado directamente por la empresa “vulnera su derecho fundamental a la igualdad” La Justicia vuelve a dar la razón a CCOO Palencia. En esta ocasión, el TSJ de Castilla y León ha estimado el recurso interpuesto por un trabajador de la empresa VIDA (Vértice de Innovación y Desarrollo de Alimentos) cuyo caso lo han llevado los servicios jurídicos de Comisiones Obreras y obliga a la industria, perteneciente al grupo Gullón, a reconocer el tiempo trabajado como temporal a través de una ETT para el reconocimiento y el abono de un complemento salarial.

    14/09/2026.
    Sentencia

    Sentencia

    El fallo recoge que “se ha producido una diferencia de tratamiento entre trabajadores en funciónde la duración de su contrato”, ya que el sistema para el reconocimiento al derecho de estecomplemento “se ha aplicado de distinta manera a los trabajadores fijos que, como en estecaso, a la persona demandante cuyo contrato tenía carácter temporal”.

    El tribunal basa su decisión en el artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores que estableceque las personas trabajadoras con contratos temporales y una duración determinada tendránlos mismos derechos que aquellas con contratos de duración indefinida y estima que la práctica empresarial de computar la antigüedad del trabajador denunciante solo desde que adquirió lacondición de contratado directamente por la empresa “vulnera su derecho fundamental a laigualdad”.

    Hay que recordar que a finales del mes de julio el Juzgado de lo Social número 2 de Palenciaemitía una sentencia en la misma línea a esta, favorable a la causa defendida por CCOOPalencia de un trabajador de Gullón también relativa a la falta de reconocimiento del tiempocontratado de manera temporal por ETT para el salario y la categoría profesional.

    Desde este sindicato se insta al grupo Gullón a que atendiendo a estos fallos rectifique y seevite judicializar todos los casos que se encuentran en la misma o parecida situación; al tiempoque animamos a las personas trabajadoras a defender sus derechos fundamentales, como eneste caso.

    Igualmente, desde Comisiones Obreras vemos necesario insistir en que hay que apostar por lacontratación indefinida y reducir el empleo de las ETT de manera innecesaria; fórmula que seemplea de manera abusiva en esta provincia que lidera la contratación temporal en este país.