CCOO de Castilla y León | 21 noviembre 2024.

CCOO a favor de mantener las condiciones acordadas el Plan de Empleo Local

    El Plan de Empleo Local en nuestra Comunidad está incluido en el Plan de Empleo 2016-2020, financiado con fondos propios y tiene una partida presupuestaria para el año 2016 de 44 millones de euros y se articula en siete líneas o programas de contratación a través de las Entidades Locales (ayuntamientos y diputaciones). Las características generales que impregnan el Plan son:

    28/07/2016.
    Los planes de empleo los ejecutan las entidades locales

    Los planes de empleo los ejecutan las entidades locales

    Por un lado, realizar de la mejor forma posible las obras de infraestructuras y la prestación de servicios de interés general y social en estas entidades en relación a sectores productivos de futuro, (este es el caso de las líneas del sector forestal o del sector turístico o el programa de contratación de agentes de igualdad) o en relación a colectivos determinados para mejorar su inclusión social a través del empleo (caso de los programas dedicados a perceptores de renta garantizada de ciudadanía, personas discapacitadas o, en el programa general finalista, los colectivos más desfavorecidos respecto a su situación de desempleo (PLD, jóvenes, mayores de 45 años) incluido en este caso las líneas de las cuencas mineras y el nuevo programa (será el octavo) para desempleados provenientes de la minería.         
    Por otro lado, para la buena realización de esas obras y servicios de interés general y social, están que los trabajadores y trabajadoras tengan el tiempo diario y anual  suficiente para la realización de esas obras y servicios a prestar y, evidentemente, que estas personas tengan unas condiciones laborales legales y dignas y unos salarios adecuados al trabajo que realizan con prestaciones y subsidios posteriores (como mínimo subsidio de 6 o de 21 meses si se tienen cargas familiares). Es decir, contrato mínimo de 180 días a jornada completa (en los municipios de menos de 1.000 habitantes se puede hacer a tiempo parcial mínimo del 50%); el salario a percibir es el del convenio colectivo del Ayuntamiento o la Diputación o, en su defecto, si no lo hay, el sectorial provincial que le afecte por el tipo de trabajo.   
    Así, en general, se ha configurado una subvención de 10.000 euros por contrato, 5.000 en el supuesto de los parciales y evidentemente los Ayuntamientos y Diputaciones deben aportar unas cantidades ?menores? para complementar salarios y para, en algunos casos, elementos materiales del trabajo a realizar. Hay programas de adjudicación directa a estas Entidades por número de habitantes y población desempleada, y los hay, como en el caso de turismo o el de contratación de discapacitados, en concurrencia competitiva, en busca de una mejora de los proyectos, de las obras a realizar, etc.
    Hemos tratado, con estas nuevas condiciones, de mejorar estos programas y las condiciones laborales de las personas contratadas, como hemos explicado y de paso evitar lo que venía sucediendo en años anteriores en las que diferentes Entidades Locales  contrataban a tiempo parcial, casi siempre, perjudicando a muchas personas con salarios parciales y subsidios parciales, donde se pagaba la ?subvención? o el Salario Mínimo Interprofesional incluso en proporción a la jornada y, en general, ?escogían a ciertos desempleados de su pueblo?, para realizar dichos trabajos.  Situaciones que a nuestro entender eran en su mayoría alegales; algunas, como en el tema de los salarios, claramente ilegales y, en todo caso, desprestigiaban a la propia Administración Pública Local.
    A todo ello hay que unir que, en general, se han venido utilizando estos fondos de políticas activas de empleo para cubrir necesidades y competencias propias de dichos ayuntamientos y Diputaciones que tienen,  o deberían tener otras vías legales de financiación estatal y regional, y así lo hemos defendido. Sabemos que esto aún no lo hemos evitado del todo, pero este es el camino a recorrer. También sabemos que hay insuficiencias y dificultades en la financiación de la Administración Local, al igual que de la autonómica, pero ello no debe llevar a hacer un mal uso de los fondos destinados a combatir el paro y a dar oportunidades de empleo a los colectivos más desfavorecidos, sean del pueblo que sean, son personas desempleadas de Castilla y León.   
    Habrá que ver la ejecución final de los planes y los problemas surgidos y veremos de nuevo ciertos criterios, tales como el tamaño de los municipios, elementos de exclusión en función del desempleo, tipo de convocatoria más adecuada, presupuestos para cada línea o programa, programas nuevos,?, para el Plan de Empleo Local 2017. Aún así los criterios expuestos al principio de este texto,  que van por el camino de asegurar trabajos productivos o inclusivos, colectivos desfavorecidos, junto a las condiciones laborales y salariales dignas, deben ser mantenidos, más allá de la necesaria evaluación de sus resultados en el tiempo. Precisamente, la evaluación del desarrollo y ejecución de anteriores planes y su aplicación por las Entidades Locales es que la que ha motivado la introducción de estos nuevos criterios.