CCOO de Castilla y León | 19 abril 2024.

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2018-07-17

Los Trade y los falsos autónomos

    Tradecyl-CCOO quiere informar de la diferencia que existe entre los trabajadores y trabajadoras autónomos económicamente dependientes (Trade) y los falsos autónomos. Los Trade son trabajadoras y trabajadores autónomos que realizan una actividad económica o profesional para un cliente del que dependen económicamente. Deben percibir, al menos, el 75 por ciento de sus ingresos de este único cliente. Frente a esta situación están los “falsos autónomos” se integran plenamente en la estructura de trabajo del cliente con las tareas, horarios y medios de trabajo del cliente o empresa. Desde Tradecyl-CCOO consideramos que los “falsos autónomos” deben desaparecer del panorama laboral y realizamos campañas ante la Inspección de Trabajo para que se persiga esta modalidad contractual en las empresas.

    17/07/2018.
    Tablón de anuncios

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    Para ser trabajador autónomo económicamente dependiente (Trade), se deben reunir además las siguientes condiciones: no tener trabajadores o trabajadoras a cargo ni contratar o subcontratar a terceros su actividad, realizar su trabajo de forma diferenciada con el resto de los trabajadores que presten servicios para su cliente. También tienen que disponer de infraestructura productiva y material propios.

    No tendrán la consideración de trabajadores autónomos económicamente dependientes (Trade) quienes tengan un establecimiento abierto al público ni los profesionales que ejerzan su profesión conjuntamente con otros.

    Derechos de los Trade

    Aunque siguen siendo trabajadoras y trabajadores autónomos, los Trade tienen un mayor nivel de protección que se concreta en:

    Derecho a 18 días de vacaciones retribuidas al año. Por Acuerdo de Interés Profesional o por contrato pueden ser más.

    Derecho a indemnización si el cliente rompe injustificadamente el contrato.

    Posibilidad de firmar Acuerdos de Interés Profesional, una especie de convenio colectivo que negocian con las empresas los sindicatos o las Asociaciones que representan a los Trade.

    Derecho a solventar los problemas legales que se susciten en la jurisdicción social, más barata y más rápida que la civil.

    Tradecyl-CCOO está tratando también de que las trabajadoras y los trabajadores autónomos coticen a la Seguridad Social según sus ingresos para que las carreras de cotización sean flexibles y permitan tener prestaciones, como las de jubilación, más altas que en la actualidad. Junto a esta medida proponemos que las personas autónomas de baja laboral por contingencias comunes tengan una bonificación del 100% de las cuotas de la Seguridad Social porque, al tener que cerrar temporalmente su negocio, no se pueden tener ingresos con los que hacer frente a sus pagos fijos. También consideramos imprescindible facilitar el acceso al cese de actividad, ya que, tanto los requisitos para acceder, como los trámites administrativos suponen un importante freno.