CCOO de Castilla y León | 28 marzo 2024.

2020-05-05

Préstamo subvencionado para el pago del alquiler de la vivienda habitual

    El Gobierno central ha aprobado subvencionar los préstamos que se soliciten con destino al pago del alquiler de la vivienda habitual, abonando los intereses de estos créditos. Está destinado a personas cuya vivienda habitual es de alquiler, con contrato suscrito al amparo de la Ley 29/1994, que residan en España y estén en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia del COVID-19. El préstamo se puede pedir para pagar el 100% de la renta durante 6 meses con un máximo de 5.400 euros y no podrá tener ningún gasto bancario para las y los solicitantes

    05/05/2020.
    Imagen de CCOO

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    El plazo inicial de devolución es de seis años con posibilidad de prórroga por cuatro años más. En caso de necesidad se puede establecer un periodo de carencia de seis meses. El pago de los intereses corresponde al Estado, por lo que la persona solicitante solo devuelve la cantidad prestada. Las personas interesadas deben cumplimentar el formulario que figura entre los documentos que acompañan esta información y presentarlo, junto con la documentación que acredite su situación, ante un banco antes del 30 de septiembre que es la fecha límite. Las mensualidades para las que se pide el crédito pueden comenzar a partir del 1 de abril.

    Entre los requisitos a cumplir está el de los ingresos de la unidad familiar que no deberán sobrepasar cinco veces el IPREM, es decir que el límite de ingresos es de 2.689 euros. También que la renta más el pago de suministros básicos, luz, gas, agua, teléfono, comunidad, y otros similares, deben representar más de un 35% de los ingresos netos que recibe el hogar y haber sufrido perdida de ingresos por pasar a estar en desempleo, en ERTE, reducción por cuidado o cese de actividad.. No podrán optar a esta financiación extraordinaria las personas que tengan una vivienda en propiedad en nuestro país.