CCOO de Castilla y León | 28 marzo 2024.

2020-05-08

El 14 de mayo se abre el plazo para la solicitud de ayudas al alquiler

    El próximo 14 de mayo, y hasta el 30 de septiembre, quedará abierto el plazo para la solicitud de ayudas al alquiler de vivienda habitual. Se trata de las subvenciones publicadas por el Estado, pero que va a tramitar la Junta de Castilla y León. Hay ayudas directas para el pago de las mensualidades y ayudas para la devolución de los créditos solicitados para el pago de los alquileres.

    11/05/2020.
    Imagen CCOO CyL

    Imagen CCOO CyL

    La convocatoria implementa en Castilla y León la aplicación del nuevo programa denominado «Programa de ayudas para contribuir a minimizar el impacto económico y social del COVID-19 en los alquileres de vivienda habitual». Este programa tiene por finalidad atender de forma transitoria y puntual las dificultades que las personas arrendatarias de vivienda habitual están padeciendo para efectuar el pago total o parcial de la renta de su contrato de alquiler como consecuencia del impacto económico y social que está generando el COVID-19 en la sociedad en general y en las familias en particular. De esta forma, a esta línea de ayudas sólo podrán acogerse quienes encajen en los supuestos de vulnerabilidad económica y social sobrevenida y tan solo para sufragar un determinado número de mensualidades.

    Esta línea de ayudas ha sido concebida como subsidiaria y complementaria respecto de las ayudas transitorias de financiación, es decir, para quienes no alcancen a pagar el alquiler con los préstamos avalados por el ICO o quienes la necesiten para atender a la devolución de estos préstamos.

    Podrán ser beneficiarios o beneficiarias aquellas personas arrendatarias de vivienda habitual que reúnan simultáneamente estas dos condiciones:

    a) que hayan sufrido una pérdida sustancial de ingresos por diversas circunstancias (desempleo, ERTE, etc.) y que los ingresos de los miembros de la unidad familiar no alcancen tres veces el IPREM mensual

    b) b) que la renta más los gastos y suministros básicos (comunidad, luz, gas, etc.) resulte igual o superior al 35% de los ingresos netos de la unidad familiar.

    Las ayudas tienen carácter finalista y no podrán aplicarse a otro destino que al pago de la renta del alquiler o la cancelación total o parcial de las ayudas transitorias de financiación reguladas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo.

    Las solicitudes se presentan de manera telemática a través de www.tramitacastillayleon.jcyl.es o, presencialmente, en oficinas de correos. Mas adelante, cuando se levante el estado de alarma, también se podrán presentar presencialmente en los registros de la Consejería de Fomento la Junta de Castilla y León.

    Documentación asociada
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