CCOO de Castilla y León | 29 marzo 2024.

2020-06-12

Desde el lunes, 15 de junio, se puede pedir el Ingreso Mínimo Vital

    Desde el próximo lunes, 15 de junio, se puede empezar a solicitar el Ingreso Mínimo Vital. Es una prestación dirigida a prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que vivan solas o integradas en una unidad de convivencia, cuando no tengan recursos económicos suficientes para la cobertura de sus necesidades básicas. Los ingresos en función de la unidad de convivencia están entre 461’50 hasta 1.015. En Castilla y León, y en gran medida sustituirá a la Renta Garantizada de Ciudadanía, aunque en CCOO creemos que es necesario reformular nuestra actual ley, para que pueda ser subsidiaria y complementaria del nuevo Ingreso Mínimo Vital.

    12/06/2020.
    Cuadro de percepciones del Ingreso Mínimo Vital

    Cuadro de percepciones del Ingreso Mínimo Vital

    En Castilla y León se solicitará en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y al teléfono habilitado para ello, 900 202222. En el simulador del INSS, se podrá consultar para saber si tienes derecho a ser beneficiario de ese IMV.

    Las personas solicitantes tienen que cumplir los siguientes requisitos:

    - Personas mayores de 23 años y menores de 65 años .

    - Menores de23 años que viven solas y han sido víctima de violencia de género o víctima de trata de seres humanos y explotación sexual.

    - Menores de 23 años emancipados,, tres años antes de la solicitud, que tengan hijos menores a cargo.

    - Mayores de 65 años cuando convivan con menores de edad o incapacitados judicialmente a su cargo.

    En un mismo domicilio podrá haber un máximo de dos titulares.

    REQUISITOS GENERALES DE ACCESO:

    Además de los requisitos de edad señalados anteriormente, se han establecido como requisitos generales, los siguientes:

    1. Residencia continuada e ininterrumpida en España durante, al menos, el año anterior a la presentación de la solicitud y residencia legal en nuestro país en el caso de ciudadanos extranjeros.

    2. Para los solicitantes que viven solos, no integrados en una unidad de convivencia, se exige haber vivido durante al menos los tres años previos a la solicitud de forma independiente de los progenitores.

    3. Estar inscrito como demandante de empleo si en el momento de la solicitud se está desempleado.

    4. Cumplir las condiciones de vulnerabilidad económica que se establecen por carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes:

    - Cuando el promedio mensual del conjunto de ingresos y rentas anuales computables de la persona beneficiaria individual o del conjunto de miembros de la unidad de convivencia, correspondientes al ejercicio anterior sea inferior, al menos en 10 euros, a la cuantía mensual del Ingreso Mínimo Vital que le corresponda en función de la modalidad y del número de miembros de la unidad de convivencia.

    - Como rentas preexistentes cuentan prácticamente todos los tipos de ingresos que tenga el hogar.

    - Para el reconocimiento de la prestación se tendrán en cuenta los ingresos del año inmediatamente anterior, aunque para atender las situaciones de vulnerabilidad generadas por la pandemia de COVID-19, también se podrá reconocer para solicitudes cursadas durante 2020 teniendo en cuenta la situación de ingresos de este año.

    - No tener un patrimonio valorado, en un importe igual o superior a tres veces la cuantía correspondiente del Ingreso Mínimo Vital para una persona beneficiaria individual. En la consideración del patrimonio, se excluye la vivienda habitual del titular y la unidad de convivencia.

    - La cuantía del IMV será la diferencia entre los ingresos de la unidad de convivencia y el máximo del Ingreso Mínimo Vital que tiene establecida en función del número de personas que la componen.